La protección textil de la OMC (Organización Mundial del Comercio) para China es un mecanismo de transición que le permite a los Estados Unidos y otros miembros de la OMC a restringir temporalmente el crecimiento en las importaciones de lencería y textiles específicos desde China hasta finales de 2008, aun cuando las cuotas de textiles y lencería fueron eliminadas el primero de Enero de 2005. El Comité para la Implementación de los Acuerdos Textiles (Committee for the Implementation of Textile Agreements, CITA) del gobierno estadounidense ha establecido procedimientos que explican al público como considerar las solicitudes de acción de protección.
Estos procedimientos estipulan que, cuando se solicitan acciones de protección, los productores deben presentar datos de importaciones, participación en el mercado (market share), producción estadounidense, así como información adicional que muestre como las importaciones desde China han afectado de forma adversa la industria de los Estados Unidos o cualquier otros datos de estimación pertinentes.
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