El objetivo de esta investigación fue evaluar durante nueve meses, el efecto del biosólido en la recuperación de las propiedades físicas y químicas de un suelo disturbado por actividad extractiva, y a su vez comparar el grado de recuperación de los diferentes tratamientos con los suelos de referencia. Para ello, se efectuó un diseño experimental de una vía con tres niveles y tres repeticiones más el control, para un total de 12 parcelas (c/u 18 m2 ) dispuestas completamente al azar en el terreno.
Se implementaron tratamientos volumen/volumen de estéril - biosólido de la siguiente manera: un tratamiento control sin contenido de biosólido (1:0) y tres tratamientos con contenido de biosólido en las proporciones 8:1 (T1) 4:1 (T2) y 2:1 (T3). Los resultados mostraron que la adición del biosólido como enmienda orgánica, incrementó de manera proporcional los contenidos de carbono orgánico, pH, nitrógeno, fósforo, capacidad de intercambio catiónico, bases totales, humedad y porosidad del suelo, de acuerdo a las dosis aplicadas. Se presentó inicialmente un mayor contenido de carbono orgánico en la profundidad de 15 a 30 cm, debido al proceso de lixiviación. Los tratamientos con biosólidos mostraron mayores cantidades de carbonato de calcio y fósforo acorde con las proporciones respectivas, que favorecieron a su vez el incremento del pH, factor que influyó en la baja disponibilidad de aluminio en las parcelas con biosólidos. No obstante, la adición del biosólido generó un aumento paulatino en la salinidad del suelo. Este experimento indicó que el tercer tratamiento (2:1) fue el que generó más efectos benéficos sobre el suelo, debido a que aumentó los contenidos de nutrientes, mejoró las condiciones físicas y se acercó en mayor proporción al suelo de referencia de un bosque adyacente a la cantera.
INTRODUCCIÓN
La actividad minera a cielo abierto que se ha establecido a lo largo de los cerros orientales de Bogotá, cuenta actualmente con 144 predios, desprovistos en gran parte de una cobertura vegetal y una capa orgánico-mineral. Resultado de la explotación queda un sustrato no viable para la comercialización denominado estéril, el cual posee condiciones mínimas de fertilidad, debido a la pérdida de la materia orgánica, y por la alteración en los contenidos de nutrientes y de las condiciones físicas del suelo. El Plan de Ordenamiento Territorial (POT) en su artículo 344, exige el restablecimiento morfológico, paisajístico, ambiental y urbanístico de los predios mineros, a través de la recuperación ecológica como herramienta que hace posible el restablecimiento parcial o total de componentes y/o elementos de los ecosistemas disturbados.
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