La filtración de aguas residuales superficiales y subterráneas es muy común cuando se avanzan labores de explotaciónminera, ya que se deben cruzar acuíferos subterráneos, bloques antiguos explotados y, dentro del proceso de extracción,se genera un asentamiento de los estratos que producen algún rango de subsidencia y fracturamiento, dando lugar a la filtración de estas aguas desde la superficie del terreno al interior de las minas. Las aguas residuales deben ser evacuadas nuevamente hacia la superficie, para lo cual es necesario conducirlas a lo largo de las labores mineras (utilizando mecanismoscomo cunetas, mangueras y tuberías), proceso que tiende a contaminar el ambiente de polución minera, inclusive, conel contacto directo de las rocas de las excavaciones. Una vez conducidas a la superficie, por medio de electrobombas degran capacidad y caudal, y dependiendo de la profundidad de las labores, estas aguas residuales deben ser manejadas ensistemas de tratamiento con el fin de realizar una limpieza, en este caso de las concentraciones de sólidos sedimentablesy poder ser vertidas a las fuentes cercanas, para ser reutilizadas en procesos diferentes al consumo humano. El presenteestudio evaluó de manera técnica, económica y ambiental, tres alternativas de tratamiento de aguas, donde se obtuvoresultados de la alternativa 1 Coagulación-Floculación, un porcentaje de eficiencia del 99,12%, un costo total de instalaciónde $17’363.978 pesos y una afectación ambiental baja, simulado con el software SuperDecisions® que la Alternativa 1Coagulación-Floculación tiene el ranking número 1, seguido de la alternativa Carbón Activado con ranking número 2 y, por último, el mantenimiento del sistema con ranking 3.
1. INTRODUCCIÓN
Para el trabajo de investigación, se realiza un diagnóstico del sistema actual de tratamiento de aguas residuales construido dentro del proyecto minero, el cual es comúnmente utilizado en las minas de la región, desde el punto de vista de los parámetros fisicoquímicos de calidad de agua y del diseño hidráulico de este, con el fin de evaluar sus falencias con respecto a la eficiencia del sistema y su diseño hidráulico. En la Resolución No. 0631 del 17 de marzo del 2015, se establecen los parámetros y los valores límites máximos permisibles que deben cumplir los vertimientos puntuales a los cuerpos de aguas superficiales y a los sistemas de alcantarillado público.
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