En lo que respecta a las operaciones comerciales con productos de oro, el régimen fiscal es bastante especial. El presente documento aborda los aspectos más significativos de la imposición de este tipo de productos/joyas en el sistema rumano. Se centra en determinados elementos marco relativos al estatuto fiscal del operador con productos de oro. El estudio se basa en la normativa europea y nacional, pero también hace referencia a otros trabajos que ponen de relieve problemas similares.
INTRODUCCIÓN
En el ámbito de la fiscalidad comunitaria, existe la Directiva 2008/118/CE, que se centra en el régimen general de los impuestos especiales en los Estados miembros (EM) [1]. Su traslación a la legislación nacional se realizó mediante la promulgación de la Ordenanza de Urgencia del Gobierno núm. 109/2009 para la modificación del Código Fiscal. La nueva Ley modifica el principio de seguimiento y control de la circulación intracomunitaria de los productos de pago diferido de impuestos mediante la implantación del sistema electrónico (EMCS - Excise movement control system). Dado que Rumanía es uno de los EM iniciadores de la implantación del EMCS, las actividades asociadas comenzaron el 1 de enero de 2008. Posteriormente, se puso en marcha la "fase 3", que comprende el desarrollo de aplicaciones específicas revisadas por las administraciones de los EM y las pruebas de conformidad. En resumen, en lo que respecta a los impuestos especiales, más allá de la simplificación de los procedimientos administrativos (debido al EMCS), la Ordenanza que mencionamos aporta algunas aclaraciones muy necesarias [2]. Así, define claramente la noción de operadores económicos que realizan operaciones con productos sujetos a impuestos especiales (por ejemplo: "destinatario registrado", "expedidor registrado") y redefine "el momento de la entrega a consumo" de los productos respectivos. A continuación, define con precisión los "sujetos pasivos de los impuestos especiales" en el caso de los productos sujetos a los impuestos especiales redimidos y crea el marco jurídico necesario para la introducción del sistema informatizado con el fin de facilitar y controlar la circulación intracomunitaria de los productos de pago diferido de impuestos (EMCS). Igualmente importantes son el establecimiento de los procedimientos que deben utilizarse para la aplicación del sistema informatizado, la introducción de la posibilidad de dividir la responsabilidad de garantizar el riesgo de impago de los impuestos especiales que puedan llegar a ser exigibles y el establecimiento de un régimen de impuestos especiales para las deficiencias y pérdidas de productos sujetos a impuestos especiales fuera del régimen de pago diferido.
RECIENTE AJUSTE DEL RÉGIMEN DE IMPUESTOS ESPECIALES EN EL ESTADO RUMAN
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