La existencia de los contratos especiales, tanto en el campo de la doctrina como en el de la legislación de trabajo no debe considerarse una novedad reciente.
Lo que sí puede considerarse una novedad es su ampliación y tratamiento jurídico, dado el impulso actual de las relaciones laborales en los países industrializados y en vías de desarrollo, e igualmente debido a los conflictos económicos graves que se han presentado en todos ellos a partir de la crisis de 1973.
Esto ha hecho surgir sistemas de contratación que, si bien es cierto no han roto con las formas tradicionales, sí les han impreso variantes y condiciones que preocupan a trabajadores y organizadores profesionales, obligando a éstas últimas a llevar a cabo un meditado estudio del destino que tendrán los contratos individuales y en cierto sentido los contratos colectivos de trabajo.
Los contratos especiales de trabajo constituyen una nueva corriente laboral.
Para Mario de la Cueva, los trabajos especiales son “la adaptación de las normas actuales a las realidades que en breve tiempo habrán de regir; son normas de excepción que deben interpretarse en forma tal, que hasta donde sea posible, pueden aplicarse las normas generales”
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Libro:
Los contratos especiales de trabajo
Artículo:
La volatilidad de los proyectos industriales para el análisis del riesgo en las inversiones
Artículo:
Identificación y caracterización de mudas de transporte, procesos, movimientos y tiempos de espera en nueve pymes manufactureras incorporando la perspectiva del nivel operativo
Artículo:
La economía ecológica normativa como condición para el desarrollo sostenible
Artículo:
Investigación empírica sobre la relación entre violencia y desarrollo social en Colombia