El presente reglamento establece un nuevo marco jurídico para los productos ecológicos. Fija los objetivos y principios aplicables a ese tipo de producción y especifica las normas relativas a la producción, etiquetado, control e intercambios con terceros países.
El marco previsto en el reglamento regula lo siguiente:
- Los productos agrícolas (incluida la acuicultura) no transformados o transformados y destinados a la alimentación humana;
- Los piensos;
- El material de reproducción vegetativa y las semillas para cultivo;
- Las levaduras destinadas al consumo humano o animal.
El reglamento fija los objetivos y principios generales que son la base de la agricultura ecológica. Los objetivos son la agricultura sostenible y la calidad de la producción, que debe responder a las necesidades de los consumidores. Los principios generales se refieren, entre otras cosas, a métodos de producción específicos, la utilización de recursos naturales y la estricta limitación del uso de medios de síntesis. Además, el reglamento fija principios específicos aplicables a la agricultura y a la transformación de productos alimenticios y piensos ecológicos.
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