Gobiernos híbridos complementarios a los contratos en el comercio internacional justo de zumo de naranja
Hybrid governances complementary to contracts in international fair trade orange juice
La mayor complejidad de la competitividad mundial y las nuevas estrategias de los oligopolios industriales han fomentado los estudios sobre la eficacia de modos de coordinación empresarial distintos del mercado al contado, como las propiedades contractuales, las influencias de las redes, el reparto de recursos, las distintas formas de liderazgo, etc. Menard (2004) considera estos mecanismos complementarios a los contratos y los denomina gobernanza híbrida. Este trabajo pretende mostrar la gobernanza híbrida empleada en transacciones entre organizaciones jurídicamente independientes que han optado por coordinar parte de las actividades realizadas conjuntamente. El sector elegido es la cadena internacional de comercio justo de zumo de naranja (tradicional y ecológico) y los principales actores implicados son organizaciones brasileñas de productores de naranja, compradores europeos y certificadores internacionales de comercio socialmente justo. Se presta más interés a los mecanismos de coordinación complementarios a los contratos, en los que hizo hincapié por primera vez Menard (2004). Estos mecanismos de coordinación adoptan la forma de una autoridad privada aceptada voluntariamente por las partes implicadas. Esta autoridad, que puede ser más o menos formal, coordina diversos factores vinculados a las transacciones, lo que implica un tipo de gobernanza mixta entre controles e incentivos.
1. INTRODUCCIÓN
Según Ménard y Shirley (2005), los modos de gobernanza alternativos a los mercados empezaron a estudiarse con Coase (1937) y adquirieron mayor énfasis a partir de Davis y North (1971), que reconocieron la diversidad de acuerdos institucionales entre empresas oligopolísticas, y Williamson (1979, 1999), que destacó las especificidades de las transacciones en cada empresa. Inicialmente, la atención se centró en los dos casos extremos de estructuras de gobernanza: el mercado y la jerarquía, y sólo se abordaron algunos elementos de las formas intermedias de gobernanza. Williamson (1994) ha demostrado que las formas intermedias de gobernanza son acuerdos difíciles de organizar y que tienen características inestables. Sin embargo, reconoce que estas estructuras son mucho más comunes de lo que imaginaba, y las denomina "híbridas".
Progresivamente ha ido aumentando el interés por las estructuras de gobernanza híbridas. Se han publicado varios artículos explicativos sobre los contratos entre empresas (KLEIN; CRAWFORD; ALCHIAN, 1978; ECCLES, 1981, etc.), las franquicias (RUBIN, 1978, etc.) y los contratos no estandarizados (PALAY, 1984; JOSKOW, 1987, etc.). Los trabajos realizados en los años ochenta y noventa permitieron diferenciar entre estructuras jerárquicas e híbridas.
Recursos
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Formatopdf
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Idioma:portugues
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Tamaño:342 kb