Portabilidad numérica: el nuevo derecho de todos los colombianos (derecho que no se conoce no se exige)
The new right for all Colombians to retain their telephone numbers (a right which remains unknown if it is not demanded)
El reconocimiento y evolución de los derechos, con sus más variadas clasificaciones e interpretaciones, ha recorrido un largo y tortuoso camino desde la Antigüedad con la pertenencia de cuerpo y alma al Estado; la Edad Media con el amarre para siempre a la tierra; la Petition of Right en 1628, en la cual se determina que ningún hombre puede ser arrestado, ni detenido, sin formalidad judicial; el Hábeas Corpus Act de 1679, piedra angular de las libertades públicas inglesas; los derechos del hombre y del ciudadano de la Asamblea Constituyente Francesa de 1789, hasta los contemporáneos, como el derecho a la información, a la estabilidad monetaria, y el derecho del usuario a la portabilidad numérica, en 1995. Los objetivos del presente artículos son los de difundir este nuevo derecho del usuario, establecer el estado del arte, alertar sobre algunas posibles dificultades y proponer estrategias de implementación.
El derecho del usuario a conservar el número telefónico en caso de cambio de empresa de telecomunicaciones operadora de telefonía fija, celular o servicios inteligentes, es un elemento clave para la implantación de la competencia efectiva en el sector de las telecomunicaciones; el no reconocimiento de este derecho implica una importante barrera a la competencia, y la negación a los usuarios de acceder a la elección de nuevas ofertas, a mejor la calidad y variedad de los servicios de telecomunicaciones; en definitiva, es un obstáculo en el camino de la construcción de una mejor calidad de vida para todos los colombianos.
Al número telefónico está amarrada gran parte de nuestra vida familiar, social y comercial, en el posicionamiento del número se han invertido tiempo, esfuerzos físicos, recursos financieros. Si se cambia el número, el perjuicio que sufre el usuario puede ser grandísimo. Si el colombiano, actualmente, cambia de empresa operadora de telecomunicaciones, le cambian el número telefónico, haciendo que incurra en grandes costos de tiempo y de dinero ( en particular en el caso de los usuarios comerciales, que han realizado inversiones en publicidad y en papelería con sus números telefónicos), en pérdida de afectos, en importantes perjuicios profesionales, puesto que al cambiar la numeración, pierde clientela y amigos.
El número telefónico es uno de los hilos más importantes de unión, de localización y de construcción del tejido social en el mundo contemporáneo.
Los enormes costos que le implica al usuario el posicionamiento de un nuevo número telefónico desincentiva el cambio de operador y lo convierte en fácil presa de los posibles despropósitos de la empresa de telecomunicaciones a la cual está suscrito. A su vez, lo priva de tener acceso a otras alternativas del mercado que podrían beneficiarlo.
El no reconocimiento del derecho a la portabilidad obliga, somete a millones colombianos a un operador determinado, e imposibilita el acceso a nuevas, mejores y más amplias alternativas de telecomunicaciones.
Este documento es un artículo elaborado por Mauro Flórez Calderón (M.Se en politología, especialista en ingeniería electrónica, Universidad Nacional de Colombia.) y Zoila Ramos Rodríguez (Ingeniera electrónica, especialista en derecho de telecomunicaciones, Universidad Nacional de Colombia, Bogotá) para Ingeniería e Investigación Vol 25. Núm. 2. Publicación de Universidad Nacional de Colombia - UN. Contacto: [email protected]
Recursos
-
Formatopdf
-
Idioma:español
-
Tamaño:113 kb