Desde pequeños nos enseñan el valor de la tierra.
Defensora de derechos humanos y activista ambiental colombiana, reconocida por su defensa de los ríos y su lucha contra la minería. Galardonada con el premio Goldman Environmental Prize.
Francia Elena Márquez Mina creció acompañada de sus abuelos paternos y maternos, campesinos y mineros; su madre es partera y su padre agricultor y minero. Fue madre adolescente; trabajó como empleada de servicios domésticos y en minería artesanal. Para 1993 empezó a tomar conciencia de las problemáticas que enfrentaban las comunidades de su región, debido a la construcción de la represa la Salvajina. En 1994 lideró la primera experiencia de consulta previa en Colombia, buscando que no desviaran el curso del río Ovejas, padeció la arremetida paramilitar de los noventas y vió como las comunidades fueron violentadas y desplazadas mientras se instalaba la empresa minera Anglo Gold.
En el año 2001 se perpetró la masacre del Naya y como consecuencia empezaron varios desplazamientos forzados. Márquez comentó que desde ahí inició la otorgación de títulos mineros. Por este tiempo decidió estudiar derecho en la Universidad Santiago de Cali para apoyar con más herramientas y conocimiento a su comunidad. En el primer semestre de estudio con el asesoramiento de varios abogados, instauraron una acción de tutela para frenar las órdenes de desalojo que se estaban dando en su región, pero les fue denegada y el Estado siguió respaldando los megaproyectos en la zona. Años después la Defensoría del Pueblo ayudó a suspender varias órdenes de desalojo en su comunidad. En los años 2009 y 2010 Francia Márquez y Yair Ortiz Larrahondo instauraron una segunda acción de tutela contra varias entidades estatales y privadas.
En representación propia y del Consejo Comunitario del corregimiento La Toma, municipio de Suárez, Cauca, Márquez y Ortiz lograron que la corte constitucional colombiana expidiera en un principio el Auto 005 de 2009, en el cual se buscó la protección de los derechos fundamentales de la población afrodescendiente víctima del desplazamiento forzado y que se pudiera alegar la violación al debido proceso y la violación al derecho fundamental a la consulta previa.