¿Son las transferencias del sector hidroeléctrico un instrumento eficaz para la protección de los recursos naturales?
Are transfer payments from the hydropower sector an effective instrument for the protection of natural resources?
Las transferencias del sector eléctrico son uno de los instrumentos financieros más importantes con los que cuentan las Corporaciones Autónomas Regionales (CAR) para financiar su presupuesto. Este instrumento suscita actualmente un debate acerca de su capacidad para remunerar el capital natural aportado por los territorios en el desarrollo del sector eléctrico. En este artículo se explica cómo funcionan las CAR y la importancia de las transferencias del sector eléctrico para ellas. Se ofrece un escenario comparativo de las transferencias calculadas de acuerdo al proyecto de Ley 88 de 2010, para observar diferencias significativas en cuanto a la remuneración del capital natural de acuerdo con el artículo 45 de la Ley 99 de 1993. Sin embargo, más allá del simple aspecto remunerativo de la Ley, se pretende mostrar que las CAR no son organizaciones aptas para el cumplimiento de sus funciones, lo cual hace que el tema de su financiamiento sea desplazado ante evidentes fallas de gestión de sus recursos y en algunos casos problemas de corrupción que hacen que las transferencias no cumplan su objetivo.
Introducción
Las Corporaciones Autónomas Regionales (CAR) son las entidades dentro del Sistema Nacional Ambiental (SINA) sobre las cuales recae la mayor responsabilidad sobre la protección del medio ambiente, ya que son las encargadas de administrar los recursos naturales renovables dentro de su jurisdicción y además deben velar por su desarrollo sostenible. Por esta razón, y con el fin de que las CAR tuvieran un funcionamiento autónomo, la Ley 99 de 1993 estableció una serie de instrumentos económicos y financieros en donde las transferencias del sector eléctrico son una de las fuentes más importantes. En este sentido, estas transferencias asumen un papel significativo en la financiación de actividades de protección, conservación y uso sostenible de los recursos naturales dentro de las cuencas de aprovechamiento hidroenergético; por lo tanto, a nivel académico y regional se han iniciado una serie de discusiones y debates sobre la eficacia de este instrumento para el resarcimiento del capital natural en los territorios con asentamientos hidroeléctricos.
El objetivo de este artículo es explicar cómo funcionan y se financian las CAR y demostrar la importancia de las transferencias del sector eléctrico para ellas. Adicionalmente se analizan los montos de las transferencias de acuerdo al artículo 45 de la Ley 99 de 1993 y el proyecto de Ley 88 de 2010, con el fin de exponer las diferencias puntuales entre los montos establecidos. También se pretende ofrecer una reflexión sobre la finalidad de las transferencias, de tal manera que se enriquezca el debate para una eventual reformulación de su base conceptual y financiera.
Corporaciones Autónomas Regionales y su financiación
Siguiendo el modelo de la Tennessee Valley Authority (TVA), surge en 1954 la primera CAR del país: la Corporación del Valle del Cauca (CVC). A este organismo se le asignó el manejo de la cuenca alta del río Cauca y la administración de todos los recursos naturales renovables de esta región. Posteriormente, entre 1961 y 1973 se crean otras seis CAR con funciones para el desarrollo regional, la administración y la conservación de los recursos naturales renovables dentro de su jurisdicción.
Posteriormente, entre 1973 y 1988 se crean doce nuevas CAR, las cuales por directriz del Código de los Recursos Naturales y del Medio Ambiente de 1974 asumen responsabilidades parciales o totales como autoridad ambiental dentro del área de su jurisdicción. Finalmente, con la expedición de la Ley 99 de 1993 se crean dieciséis nuevas CAR que actualmente hacen parte del Sistema Nacional Ambiental (SINA).
Recursos
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Formatopdf
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Idioma:español
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Tamaño:201 kb